Guía · 8 min de lectura

Multa por no llevar el registro de jornada laboral: montos en 2026 y cómo prevenirla

Desde la reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 1 de mayo de 2026, registrar de forma electrónica la jornada de cada persona trabajadora es una obligación del patrón. No cumplirla tiene una multa específica. En esta guía explicamos qué conducta se sanciona, de cuánto es la multa en 2026, cómo se gradúa y qué medidas prácticas ayudan a prepararse.

Actualizada el Con fuentes oficiales (DOF)

Qué dice la ley: la obligación y la multa

La fracción XXXIV del artículo 132 de la LFT obliga al patrón a:

Texto de la ley

«Registrar de manera electrónica la jornada laboral de cada persona trabajadora, incluyendo el horario de inicio y finalización; así como proporcionarlo a la autoridad cuando se le requiera.»

La misma fracción señala que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) expedirá disposiciones de carácter general para definir el ámbito de aplicación y las excepciones a esta obligación. Según el artículo quinto transitorio del decreto, esas disposiciones entrarán en vigor el 1 de enero de 2027. Al 16 de octubre de 2026 no hemos localizado su publicación en el DOF.

La sanción está en la fracción IV Bis del artículo 994, también adicionada el 1 de mayo de 2026: multa de 250 a 5,000 UMA «a la persona empleadora obligada que incumpla con lo dispuesto por la fracción XXXIV del artículo 132».

Como la multa remite a toda la fracción XXXIV, de su texto se desprenden tres conductas posibles:

  1. No llevar un registro electrónico de la jornada (por ejemplo, llevarlo sólo en papel o no llevarlo).
  2. Llevarlo de forma incompleta, sin la hora de inicio y la de finalización de cada persona trabajadora.
  3. No entregarlo a la autoridad cuando lo requiera.

Un punto aún abierto: la ley no dice desde qué fecha exacta la autoridad sancionará. El decreto entró en vigor el 1 de mayo de 2026, el periodo del 1 de mayo al 31 de diciembre de 2026 se destinó a ajustar procesos y las reglas de la STPS empiezan a regir en 2027. La interpretación más prudente es estar listo antes del 1 de enero de 2027.

Montos de la multa en 2026 (UMA 2026)

La LFT calcula las multas en Unidades de Medida y Actualización (UMA) al momento de cometerse la violación (art. 992). El INEGI fijó la UMA 2026 en $117.31 diarios, vigente del 1 de febrero de 2026 al 31 de enero de 2027.

ConceptoUMAMonto con UMA 2026
Multa mínima250$29,327.50
Multa máxima5,000$586,550.00

Para hechos ocurridos a partir del 1 de febrero de 2027 se usará la UMA que el INEGI publique para ese año, así que los montos en pesos cambiarán.

Cómo se gradúa la multa

El artículo 992 de la LFT pide a la autoridad considerar:

  • si la acción u omisión fue intencional o no;
  • la gravedad de la infracción;
  • los daños producidos o que puedan producirse;
  • la capacidad económica del infractor, y
  • la reincidencia.

El mismo artículo establece otras dos reglas relevantes:

  • Reincidencia: se duplica la multa impuesta por la infracción anterior cuando se viola el mismo precepto dentro de los dos años siguientes al acta en que se hizo constar la infracción previa, siempre que esa infracción no se haya desvirtuado.
  • Varios trabajadores afectados: «cuando en un solo acto u omisión se afecten a varios trabajadores, se impondrá sanción por cada uno de los trabajadores afectados».

El Reglamento General de Inspección del Trabajo y Aplicación de Sanciones (art. 61) precisa estos criterios. Presume que la conducta no es intencional salvo prueba en contrario. También indica que la sanción por cada trabajador procede cuando el daño es personal, real, cierto y evaluable en dinero. Cómo se aplicará este criterio al registro de jornada todavía no tiene precedentes conocidos.

Cómo es, en general, una inspección de la STPS

Según el Reglamento General de Inspección del Trabajo y Aplicación de Sanciones:

  • Tipos de inspección. Hay inspecciones ordinarias (iniciales, periódicas y de comprobación) y extraordinarias. Las extraordinarias pueden ordenarse en cualquier momento, por ejemplo por una queja o denuncia.
  • Orden e identificación. El inspector debe presentar una orden escrita con firma autógrafa y su credencial vigente. Las ordinarias requieren un citatorio con al menos 24 horas de anticipación. Las extraordinarias pueden hacerse sin citatorio.
  • Documentos y acta. El inspector puede requerir información y documentos, y levanta un acta circunstanciada. El patrón puede corregir durante la diligencia un hecho detectado, y eso queda asentado. Después tiene cinco días para hacer observaciones y ofrecer pruebas.
  • Inspección a distancia. El reglamento contempla inspecciones con tecnologías de la información y requerimientos documentales.
  • Procedimiento sancionador. Si el incumplimiento no se desvirtúa, se emplaza al patrón con un plazo de al menos 15 días hábiles para manifestarse y ofrecer pruebas. Después se dicta la resolución, que puede impugnarse.

Registro de jornada y juicios laborales

Además de la inspección, el registro también sirve como evidencia. El artículo 784, fracción VIII, de la LFT establece que corresponde al patrón probar su dicho cuando hay controversia sobre la «jornada de trabajo ordinaria y extraordinaria, cuando ésta no exceda de nueve horas semanales». El artículo 804, fracción III, obliga a conservar y exhibir en juicio los «controles de asistencia, cuando se lleven en el centro de trabajo», durante el último año y un año después de que termine la relación laboral. Si no se exhiben, el artículo 805 permite presumir ciertos los hechos de la demanda, salvo prueba en contrario.

Un registro completo y confiable puede ayudar a acreditar la jornada real. Ningún registro, sin embargo, garantiza el resultado de un juicio: eso depende de cada caso y de cómo lo valore el tribunal.

Cómo prevenir la multa: checklist práctico

Lo que pide la ley (art. 132, fr. XXXIV):

  • Registro electrónico e individual para cada persona trabajadora.
  • Hora de inicio y de finalización de cada jornada.
  • Capacidad de entregar el registro a la autoridad cuando lo requiera.

Recomendaciones prácticas (no son requisitos legales expresos):

  • Conservar los registros al menos durante el último año y un año después de que termine cada relación laboral, por analogía con el art. 804, mientras la STPS no fije un plazo propio.
  • Acordar el método de registro con el personal y dejar constancia por escrito, por ejemplo en el contrato o en el reglamento interior de trabajo. Así se refuerza su valor como evidencia.
  • Usar registros que no se puedan alterar sin dejar rastro, con hora confiable y un identificador de cada registro.
  • Revisar la reducción de jornada. La jornada máxima semanal pasa de 48 horas en 2026 a 46 en 2027, 44 en 2028, 42 en 2029 y 40 en 2030, sin reducir salarios ni prestaciones. Conviene ajustar horarios y turnos con tiempo.
  • Seguir el DOF y los avisos de la STPS para conocer las disposiciones generales sobre ámbito de aplicación y excepciones.
  • Revisar tu caso con un especialista laboral antes de 2027.

Preguntas frecuentes

¿De cuánto es la multa por no llevar el registro de jornada en 2026? De 250 a 5,000 UMA. Con la UMA 2026 ($117.31) equivale a entre $29,327.50 y $586,550.00.

¿La multa puede ser por cada trabajador? La LFT (art. 992) prevé una sanción por cada trabajador afectado cuando un solo acto u omisión afecta a varios. El reglamento la condiciona a que exista un daño personal, real, cierto y evaluable en dinero. Todavía no hay criterios publicados sobre su aplicación al registro de jornada.

¿Desde cuándo me pueden multar? La obligación y la multa están en la LFT desde el 1 de mayo de 2026, y las disposiciones generales de la STPS entran en vigor el 1 de enero de 2027. La ley no precisa una fecha a partir de la cual sea sancionable, por lo que lo prudente es cumplir antes de 2027.

¿Sirve una lista de asistencia en papel? La ley pide un registro electrónico. Una lista en papel, por sí sola, no cumple con el texto de la fracción XXXIV.

¿Qué pasa si vuelvo a incumplir? Si la misma infracción se repite dentro de los dos años siguientes al acta anterior, la multa se duplica respecto de la impuesta antes (art. 992 LFT).

¿Un checador digital me libra de multas? No. Una herramienta ayuda a generar el registro, pero el cumplimiento depende de cómo la uses, de que el registro esté completo y de que puedas entregarlo cuando la autoridad lo pida.

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Fuentes oficiales

Este contenido es informativo y no constituye asesoría legal; consulta tu caso con un especialista.

Última actualización: 16 de octubre de 2026.

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